Presentaron Denuncia Penal Contra Alejandro Vázquez y Mario Bueno

28 de octubre, 2008

Se habla también de un tercer afectado, Eduardo Javier Sánchez Rivera (Palo María)

Presentaron Denuncia Penal Contra Alejandro Vázquez y Mario Bueno

Se trata de la denuncia penal, asentada en la averiguación previa 440.2008.II, ante la Agencia del Ministerio Público Número III, presentada por el apoderado Juan Carlos Navarro López y los abogados Carlos Arturo Córdova Herrera y Fidel Plascencia Favela, coadyuvantes

Por Mauricio Lira Camacho
NOTICIASPV

Juan Carlos Navarro López Apoderado Legal Judicial Para Pleitos y Cobranzas, Actos de Administración, Suscripción de Crédito y Actos de Dominio de Rinconada Las Garzas S.A. de C.V., presentó denuncia penal en contra del director de obras públicas (Mario Bueno), del director de planeación urbana (Alejandro Vázquez Nares) y como tercer perjudicado a Eduardo Javier Sánchez Rivera (Desarrolladora Palo María Sociedad Anónima) y de quienes resulten responsables, por afectaciones y daño patrimonial.
Se trata de la denuncia penal, asentada en la averiguación previa 440.2008.II, ante la Agencia del Ministerio Público Número III, presentada por el apoderado Juan Carlos Navarro López y los abogados Carlos Arturo Córdova Herrera y Fidel Plascencia Favela, coadyuvantes.
Sintetizan en la denuncia penal que la licencia de construcción otorgada por la administración está viciada de origen y la actual no ha hecho nada por frenar.
En el documento del cual este medio tiene copia, se establece, por parte del denunciante, la persona moral que se representa es propietaria de una fracción 1.B de Palo María con superficie de 45 mil 500 metros cuadrados en el que se desarrolló el conjunto Las Garzas.
En diciembre del 2006, el entonces director de planeación urbana, Carlos Manzano Zepeda otorgó a Eduardo Javier Sánchez otorgó la licencia 2626.06 para construir 84 departamentos en dos torres edificio norte de 12 niveles y sur de 14 niveles, plurifamiliar vertical, en el predio 1.C, sin número zona hotelera sur.
A partir de que se concedió la licencia municipal, se iniciaron los trabajos respectivos, mismo que se encuentran fuera de lo contenido en los ordenamientos municipales y estatales dado que tanto la licencia de construcción número 2626.06 expedida mediante oficio número 4116, como el dictamen definitivo favorable expediente planeación urbana AU.31.E.06.106, de fecha 12 de diciembre del 2006, contraviene el plan de desarrollo urbano, así como las disposiciones del dictamen de trazos usos y destinos específicos número 67.00.AU.31.E.06.106, expedido mediante el oficio número 822.06 pues se considera que dicho dictamen como la licencia de construcción, se encuentran viciados de nulidad al haberse expedido sin ajustarse a los lineamientos establecidos por el reglamento de zonificación del estado y la ley de desarrollo urbano ambos del estado de Jalisco.
Ante las situaciones antes descritas el día 27 de febrero del 2008, el suscrito en representación de la persona moral que describo, interpuse denuncia penal y oposición a obras y/o cambo de usos de suelo ejecutados en la obra ubicada en el predio fracción 1.c en la zona hotelera sur, solicitando la suspensión de dicha obra a la autoridad correspondiente de conformidad con lo dispuesto por los artículos 169 y 170 de la ley de desarrollo urbano de Jalisco, sin que a la autoridad demandada a la fecha de la interposición del presente, haya dado respuesta alguna a dicha petición, transcurriendo así en exceso el término de 30 días hábiles tal y como lo marca el artículo 170 de la ley de desarrollo urbano en la entidad, motivo por el cual se acudió de nueva cuenta ante el Tribunal Administrativo en turno siendo la sexta sala unitaria a quien le correspondió conocer del caso bajo el expediente número 109/2008, donde se demande al director de obras públicas, de desarrollo urbano y en calidad de tercer perjudicado a Eduardo Javier Sánchez Rivera.
En la demanda interpuesta recayó un acuerdo con fecha 30 de junio, donde se ordena, por la autoridad sexta sala unitaria en materia administrativa, lo siguiente, se suspenda por parte de las autoridades responsables la ejecución de obra, motivo por el cual, “la señora Delfina Elizabeth Alatorre Navarro, autorizada por el suscrito en mis juicios, dio trámite en compañía del corredor público 55, Eduardo Sánchez Acosta para que realizaran diversas actuaciones, con el fin de que las autoridades así como el tercer afectado se enteraran de las actuaciones de la resolución judicial”.
Razón por la cual una vez narrado y establecido el modo de cometer el ilícito que se denuncia , considero que sean incurrido en el delito de abuso de autoridad tal y como lo señala la ley de justicia administrativa.
“Queda en evidencia que se han cometido conductas anti jurídicas, típicas y punibles cometidas de manera dolosa por parte de los acusados.
Por lo expuesto, se pide al delegado de la Procuraduría General de Justicia:
PRIMERO.- Se me tenga con la personalidad jurídica, denunciando los hechos que considero constitutivos de delitos cometidos en agravio de mi representada por el director de obras públicas, director de planeación urbana (no menciona nombres) y el tercer afectado Javier Sánchez Rivera.
SEGUNDO.- Se señale el día h ora para la ratificación de la presente denuncia, así como para la presentación de los testigos de cargo.
TERCERO.- Se lleve a cabo una minuciosa investigación de los hechos denunciados y se mande citar a declarar a la persona moral denunciada a través de su apoderada, para que manifiesten lo que a su derecho convenga, y se lleven a cabo estas diligencias necesarias para el esclarecimiento de lo aquí denunciado.
CUARTO.- Agotada que sea la averiguación previa, se determine la misma, donde se ejercite la acción penal en contra de quien resulte responsable, consignando el expediente ante el juez de lo criminal que en turno se encuentre solicitando la orden de aprehensión correspondiente y la reparación del daño.
Se concluye en la denuncia penal.


Warning: file_exists() [function.file-exists]: open_basedir restriction in effect. File(/home/6571/domains/noticiaspv.com/html/wp-content/uploads/2008/10/den11.thumbnail.JPG) is not within the allowed path(s): (/home/notpv:/usr/lib/php:/usr/local/lib/php:/tmp) in /home/notpv/public_html/wp-includes/post.php on line 3943




 

© NOTICIASPV.com - Queda expresamente prohibida la republicación, parcial o total, de todos los contenidos de este sitio.