Desmienten Ediles a Semades y Exigen Estudios Técnicos de “El Mirador”

5 de noviembre, 2008

Ante la postura oficial de Martha Ruth del Toro

Desmienten Ediles a Semades y Exigen Estudios Técnicos de “El Mirador”

* Los regidores arremetieron en contra de la titular de Semades y enfatizaron su interés en continuar con la postura de no aprobar el relleno en El Mirador.

Por Lorena Moguel

Luego del comunicado oficial emitido este pasado martes cuatro de noviembre por la titular de Semades, Martha Ruth del Toro Gaytán, en el sentido de exigir respeto a la aprobación del relleno sanitario en los terrenos ubicados en “El Mirador”, los regicores denomindos “Insurgentes”, encabezados por el Síndico, Alfonso Bernal reviraron a la funcionaria los señalamientos al calificar su actuación como “irresponsabilidad” al no presentarles estudios de impacto ambiental de muestre su aprobación para la instalación del basurero en la zona.
Los regidores analizaron el comunicado de forma conjunta y emitieron una respuesta por escrito de cada uno de los señalamientos que Del Toro Gaytán hace al gobierno municipal.

LAS ACLARACIONES A LOS SEÑALAMIENTOS DE SEMADES

Los regidores respondieron:
“La Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable, a través de su titular, Martha Ruth del Toro Gaytán, conmina a las autoridades de Puerto Vallarta, Jalisco, a que definan de manera urgente el sitio de disposición final de sus residuos, en virtud de haber fenecido los plazos determinados para el cierre del sitio “Magisterio”, el que deberá dejar de operar de manera parcial hoy, cuatro de noviembre, y de forma total el cuatro de diciembre del presente año.
Lo anterior, de acuerdo con el oficio enviado al Ayuntamiento de Puerto Vallarta con fecha 31 de octubre de 2008, en el cual se especifica que el sitio “Magisterio” deberá iniciar la etapa de cierre definitivo con reducción del ingreso de residuos en 20 por ciento a partir de este día, para concluir el cuatro de diciembre con reducción de 100 por ciento, es decir, clausurando de forma definitiva la recepción de residuos de cualquier naturaleza; en razón a ello la delegación de la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (PROEPA), hoy procederá a la clausura del sitio en los términos antes señalados.
La titular de la Secretaría solicita de manera imperiosa que el Ayuntamiento defina a la mayor brevedad el nuevo sitio de destino final de residuos, en el que deberá iniciar el depósito de residuos sólidos urbanos de acuerdo con la normatividad vigente en el Estado de Jalisco de manera inmediata, en virtud de que, a petición de funcionarios del Municipio, se realizaron diversas visitas técnicas en sitios propuestos para construir el nuevo relleno sanitario, habiéndose determinado que el predio denominado parcela 561 Z1 P1/1, del ejido Las Palmas, resulta técnica y ambientalmente viable, es decir que el Ayuntamiento cuenta ya con un sitio adecuado para el depósito de residuos conforme a la norma.
LOS FUNCIONARIOS DEL MUNICIPIO NO ESTAMOS DE ACUERDO EN QUE EL PREDIO DENOMINADO PARCELA 561 Z1 P1/1, DEL EJIDO LAS PALMAS NO ES EL ADECUADO TÉCNICAMENTE, Y A LA FECHA SE REALIZAN ESTUDIOS PARA DEFINIR EL PORQUE NO ES EL SITIO ADECUADO PARA DICHO FIN.
Es importante señalar que la pre factibilidad del sitio se determinó a partir de visitas de campo y de la aplicación de la NOM 083, así como de herramientas técnicas de sistemas de información geográfica que se han desarrollado en colaboración con el Instituto de Información Territorial del Estado de Jalisco, misma que, de forma objetiva, arroja la viabilidad de los predios; por lo que en el caso de la parcela señalada, resultaron coincidentes los estudios de campo y de gabinete con respecto a las restricciones para la ubicación del sitio.
SOLICITAMOS QUE LA INFORMACIÓN DE LA PRE- FACTIBILIDAD DEL SITIO, QUE SON LOS ESTUDIOS QUE SE COMENTAN QUE SE HAN UTILIZADO SEAN FACILITADOS PARA SU ANÁLISIS, YA QUE LAS PENDIENTES DE DICHO PREDIO SON DE ENTRE 45 Y 60 GRADOS DE INCLINACIÓN SOBRE UNA GALERA GEOLÓGICA QUE TERMINA SOBRE EL VALLE AGRÍCOLA, PRUEBA DE ESO ES EL ESCURRIMIENTO DE LOS DIFERENTES ARROYOS QUE SE PRODUCEN, ASÍ COMO LOS MANANTIALES QUE AFLORAN SOBRE LAS LADERAS EN DONDE SE PIENSA CUBRIR CON GEOMEMBRANA.
UNO DE LOS PROBLEMAS TÉCNICOS SERÁ LA DINÁMICA DE LOS MILES DE TONELADAS Y QUE HARÁN UN TAPÓN EN LA CAÑADA, GENERANDO EN TIEMPO DE LLUVIAS UNA PRESIÓN HACIA LA ZONA BAJA DEL ARROYO, PRODUCIENDO UNA AVALANCHA DE LIXIVIADOS O RESIDUOS DEL RELLENO
Por ello, mediante oficio de la Dirección General de Protección Ambiental y Desarrollo y de la Dirección de Evaluación del Impacto Ambiental se procedió a la validación de la construcción y operación de una celda de emergencia de acuerdo con el anteproyecto presentado por las autoridades municipales, por lo que el Ayuntamiento vallartense cuenta con un sitio técnicamente viable para iniciar la construcción de un nuevo relleno sanitario, en su fase de inicio de actividades, a través de una celda emergente, debido a la conocida situación de contingencia ambiental del tiradero en abandono conocido como “Magisterio”.
LA CONSTRUCCIÓN DE UNA CELDA EMERGENTE NO RESUELVE EL PROBLEMA A FONDO, PERO SÍ A MEDIAS. DICHO PROYECTO SÍ GENERA UNA CONTAMINACIÓN SOBRE LA ZONA EN DONDE SE VALIDO Y EN RELACIÓN A QUE HA SIDO PRESENTADO POR LAS AUTORIDADES MUNICIPALES, ES DESCONOCIDO POR LA MAYORÍA DE LOS REGIDORES, YA QUE NUNCA SE NOS HAN PRESENTADO LOS ESTUDIOS Y PROYECTOS SOBRE TAL RELLENO SANITARIO.
Del Toro Gaytán enfatizó que desde que asumió el cargo en la presente administración, junto con su equipo técnico, ha estado muy de cerca en la atención y solución del problema ambiental más urgente de Puerto Vallarta: “Queremos resolver este problema que es añejo en el Municipio y buscamos que los vallartenses se sientan tranquilos porque estaremos muy atentos para que no se comprometa ningún ecosistema; no podemos seguir permitiendo que, para solucionar a medias el problema de la basura, estemos generando impactos en sitios que aún son vírgenes y con un nivel de conservación muy importante”.
La Dirección de Gestión Integral de Residuos junto con la Dirección de Evaluación del Impacto Ambiental, hicieron un análisis técnico y ambiental sobre el predio, denominado parcela 561 Z1 P1/1 del ejido Las Palmas, mismo que se ubica sobre una superficie con pendientes favorable al diseño del proceso constructivo, operación, mantenimiento y clausura, por lo que se pudo concluir que se cumple con las especificaciones para la ubicación de un sitio de disposición final, acorde a la NOM-083-SEMARNAT-2003.
DONDE ESTÁN LOS ESTUDIOS QUE DEFINE LA NOM-083-SEMARNAT-2003, YA QUE EL SITIO AUTORIZADO ES UN SISTEMA NATURAL DE ESCURRIMIENTO FLUVIAL IMPORTANTE EN TEMPORALES, PRUEBA DE ESTO SON LOS SUELOS ALUVIALES QUE PRESENTA LA ZONA DE DISCUSIÓN.
Algunos aspectos técnicos a destacar son:
El sitio se encuentra ubicado a una distancia mayor de 13 km del centro de las pistas de un aeródromo de servicio público o aeropuerto.
El sitio no se encuentra dentro de un área natural protegida. Además se identificó que el sitio propuesto ya ha sido perturbado, ya que se identificaron impactos significativos provocados por actividades antropogénicas como son: el cambio de uso de suelo para desarrollar actividades de agricultura y pastoreo.
EN ESTE SITIO SE REALIZAN ACTUALMENTE ACTIVIDADES DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, CON SISTEMAS DE BORDOS PARA RETENER AGUA, ESTOS ABREVADEROS SON POR LA ACTIVIDAD GANADERA Y DE IGUAL FORMA SE APROVECHAN LOS ESCURRIMIENTOS PARA ACTIVIDAD AGRÍCOLA. ESTAS ACTIVIDADES SE DESARROLLAN AGUAS ABAJO, EN DONDE SÍ SE IMPLEMENTA ESTE RELLENO.
Se encuentra ubicado a una distancia mayor de la establecida por la norma respecto al límite de la mancha urbana de localidades mayores de dos mil 500 habitantes.
No se tiene evidencia de que el sitio se ubique en zonas de: marismas, manglares, esteros, pantanos, humedales, estuarios, planicies aluviales, fluviales, recarga de acuíferos, zonas arqueológicas; ni sobre cavernas, fracturas o fallas geológicas.
EN ESTE PUNTO SE MIENTE, YA QUE EXISTEN ESCURRIMIENTOS DE AGUA FORMANDO PEQUEÑOS ARROYOS, ASÍ COMO MANIFESTACIONES DE ALGUNOS VENEROS. IMPORTANTE QUE SE MUESTREN LOS ESTUDIOS HIDROLÓGICOS Y DE SUELOS, YA QUE LA ZONA DE ESTUDIO PRESENTA SUELOS ALUVIALES SUPERPUESTOS EN DIFERENTES CAPAS, MANIFESTACIÓN DE GRANDES AVENIDAS DE AGUA EN LOS TEMPORALES.
El sitio no es un lugar propenso para sufrir inundaciones. En un rango mayor a los 500 metros que establece la norma no existen cuerpos de agua supeficiales con caudal continuo, lagos o lagunas. Se obligará que las instalaciones del relleno en este sitio cuenten con impermeabilización con un material sintético exclusivo para este tipo de infraestructura que evite cualquier afectación a mantos friáticos, observándose que independientemente de ello, en recorrido de campo no se percibe la ubicación de pozos en uso o desuso de extracción de agua.
En relación con Parque Ecológico Relleno Sanitario Santa Cruz de Quelitán, resulta cuestionable la conducta y proceder de la empresa Envir Eau de México así como de su representante legal, que desde hace meses sólo se han dedicado a emprender una campaña de desinformación y desacreditación contra el actuar de la SEMADES y su titular; al respecto, la Dirección de Evaluación del Impacto Ambiental de esta dependencia señala que, “en virtud de no haberse presentado por la empresa Envir Eau, los estudios de impacto ambiental y que no se cuenta con un proyecto ejecutivo, se carece de los elementos para determinar si en el diseño de la obra referida fueron realizadas las consideraciones de protección ambiental necesarias para este tipo de infraestructura” señaló la funcionaria.
PARA EL SITIO APROBADO, ¿EXISTE EL PROYECTO EJECUTIVO Y LOS ESTUDIOS TÉCNICOS QUE MARCA LA NORMA?
Es importante mencionar que el sitio de Santa Cruz de Quelitán no garantiza la protección al medio ambiente de la zona y del propio Municipio, puesto que se ubica sobre un terreno muy escarpado, con pendientes pronunciadas, lo que dificultará en todo momento la operación, ya que es inminente que se generaran deslaves al no contar con taludes estables, puesto que son pendientes forzadas, que no cuentan con una estructura de sustento rebasando el ángulo de reposo del material utilizado para la construcción de las paredes que conforman la celda existente.
Adicionalmente no cuenta con obras complementarias que eviten el ingreso de agua pluvial así como el control de lixiviados.
Cabe mencionar que de forma colindante con el sitio en donde se realizaron las obras señaladas propiedad de la empresa Envir Eau, cruza un arroyo en forma muy cercana (menos de 150 metros), lo cual invalida de entrada el cumplimiento a las especificaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, existiendo una muy alta probabilidad de afectación del arroyo, lo que sería totalmente adverso a las condiciones actuales de salud y de buen estado de conservación del ecosistema en todos sus procesos ecológicos y ambientales
Por último, por lo que ve a los litigios sostenidos, es pertinente aclarar que, si bien Envir Eau de México ganó una instancia legal, es decir, un amparo para efectos, la autoridad judicial dejó intocada la facultad de esta Secretaría en el ámbito de sus atribuciones.
En términos prácticos, la sentencia que tanto ha difundido a través de los medios de comunicación el representante legal de Envir Eau, se traduce en que la SEMADES deberá sujetarse a las formalidades que marca la legislación en la materia, al realizar nuevos actos de autoridad sobre las obras o actividades que realice la empresa, y que sean competencia de esta Secretaría, y de ninguna manera impide que se puedan realizar inspecciones o iniciarse nuevos procedimientos administrativos por incumplimientos ambientales.
Asimismo Del Toro Gaytán señaló, que las presiones sociales, políticas o económicas que se han creado en torno a este asunto, “no son, en absoluto, competencia de esta Secretaría, por lo que pido respeto a esta postura exclusivamente técnica y de apego a la norma en aras de una solución ambientalmente viable para el manejo de los residuos de este municipio”.
EL RESPETO A LAS AUTORIDADES Y A LA SOBERANÍA MUNICIPAL ES UN DERECHO, EL ACTUAR EN FORMA IRRESPONSABLE PARA CREAR Y APROBAR UNA “CELDA DE EMERGENCIA” PARA LOS RESIDUOS, SIN CONOCER NINGÚN ESTUDIO TÉCNICO ES IRRESPONSABILIDAD DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. SOLICITAMOS PÚBLICAMENTE QUE HA ESTA INSTANCIA SE LE ENTREGUEN TODOS LOS ESTUDIOS RELACIONADOS AL CASO. TANTO A LA TITULAR DE LA SEMADES, ASÍ COMO AL C. PRESIDENTE MUNICIPAL, PARA QUE EL CABILDO EN PLENO DETERMINE EN BENEFICIO DE LOS VALLARTENSES.


Warning: file_exists() [function.file-exists]: open_basedir restriction in effect. File(/home/6571/domains/noticiaspv.com/html/wp-content/uploads/2008/11/recorridoenvireau07.thumbnail.jpg) is not within the allowed path(s): (/home/notpv:/usr/lib/php:/usr/local/lib/php:/tmp) in /home/notpv/public_html/wp-includes/post.php on line 3943




 

© NOTICIASPV.com - Queda expresamente prohibida la republicación, parcial o total, de todos los contenidos de este sitio.